¿Quieres cancelar un CFDI 4.0? esto te podría interesar

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Los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o CFDIs cambiaron de la versión 3.3 a la versión 4.0, para este cambio habrá un periodo de tolerancia del 1 de enero al 1 de abril de 2022, pasado este periodo, la versión 3.3 se dará por obsoleta y las operaciones que se realicen con este tipo de CFDIs ya no se podrán deducir por su invalidez.

Aunando a lo anterior, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente publicó información relacionada con la cancelación de la nueva versión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). Es decir, la información es para conocer la forma de cancelación del CFDI 4.0, conforme a la Reforma Fiscal para 2022.

El tema de una cancelación correcta será muy importante, porque se aplicarán multas en caso de hacerlo mal. En el mismo comunicado, el SAT menciona que la multa por una factura mal cancelada será de entre 5 y 10% del monto total al que ascienda la factura.

En este articulo te resolveremos algunas dudas que han surgido sobre la cancelación del CFDIs 4.0 y que así puedas evitar sanciones de parte del SAT

  1. Si emití una factura o CFDI con la versión 3.3, al solicitar la cancelación ¿es necesario indicar el motivo de cancelación o sólo aplica para la versión 4.0?

A partir del 1o de enero de 2022 será requerido señalar el motivo por el cual se cancela el comprobante. Esto aplica a todas las versiones de la factura o CFDI.

Fundamento legal: Artículo 29-A, 6to párrafo del Código Fiscal de la Federación.

  1. Si emití una factura con error en el RFC de mi cliente, la cual aún no ha sido entregada al mismo, ¿para cancelarla tendré que relacionarla primero a la factura que la sustituye?

Se podrá realizar la solicitud de cancelación registrando en el apartado motivo de cancelación, la clave “02” Comprobante emitido con errores sin relación.

Posteriormente se deberá emitir el comprobante fiscal con los datos correctos y registrar la clave “04” (Sustitución de las facturas o CFDI previos) relacionando el folio fiscal del comprobante que se sustituye.

Fundamento legal: Artículo 29-A, 6to párrafo del Código Fiscal de la Federación.

  1. En caso de que se haya emitido una factura de una venta o de la prestación de un servicio el cual no se llevó a cabo, ¿Qué motivo de cancelación se deberá señalar en la solicitud de cancelación correspondiente?

El emisor de la factura deberá registrar la clave “03” No se llevó a cabo la operación en el apartado Motivo de cancelación.

Fundamento legal: Artículo 29-A, 6to párrafo del Código Fiscal de la Federación

¡Mantente informado!

El SAT podría añadir o modificar las reglas para la cancelación de los CFDIs en cualquier momento, para mantenerte al pendiente de las posibles actualizaciones que realice el SAT, te recomendamos visitar el DOF, el cual es el medio por el cual el SAT notifica los cambios que realiza a los CFDIs.

De igual forma, si quisieras saber cuál es la manera más rápida para asegurarte que los CFDIs de tus proveedores son validos y no han sido cancelados, con nuestra plataforma Core Rd podrás revisar el estatus de cada CFDI en tiempo real, evitando que pagues facturas canceladas. Además, el sistema te enviará un reporte indicándote todas las facturas que te cancelaron para así mantenerte al tanto del estatus de tus facturas y evitar problemas con el SAT

También recibirás mensualmente un reporte de todo lo cancelado en el mes y 18 meses atrás.

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