¿Estás preparado para el CFDI 4.0?

 en Administración de CFDIs

Este 2022 entró en vigor una nueva versión de facturación electrónica en México: el CFDI 4.0, con el que el SAT busca responder al principio de simplificación de procesos inmerso en la Miscelánea Fiscal 2022.

Este nuevo formato del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI 4.0) sustituyó a la versión 3.3 que estuvo vigente desde el 2017.

Y aunque los cambios no son tan profundos, sí deben ser del conocimiento de los contribuyentes, ya que, a partir del 1 de enero del 2023, quienes no se ajusten al nuevo esquema no podrán emitir su facturación electrónica.

Pero ¿Cuáles son estos cambios? ¿Ya son obligatorios? Te platicamos sobre ello en este artículo

¿Cuándo entra en vigor el CFDI 4.0?

Ya los primeros días de noviembre de 2021, el SAT había anunciado que se encontraba en preparativos para el nuevo CFDI 4.0, según reseña El Contribuyente.

Pero los cambios específicos se dieron a conocer en el portal del SAT el pasado 05 de diciembre de 2021.

El nuevo CFDI 4.0 entró en vigor el 1 de enero del 2022. Sin embargo, el período de transición y convivencia con la factura 3.3 vence hasta el 1 de enero del 2023, según la prórroga otorgada por el SAT el 8 de junio de 2022.

Los Proveedores de Certificación autorizados por el SAT (PAC) tienen hasta el término de junio para ajustar sus procesos.

A partir del 2023, la implementación de la nueva versión de facturación electrónica será obligatoria para el público en general. Quien no se haya ajustado al nuevo formato simplemente no podrá continuar facturando.

¿Cuáles son los principales cambios que trae el CFDI 4.0?

  1. Cambios generales del CFDI 4.0

A partir del 2023, será obligatorio incluir estos elementos en la facturación electrónica:

  • Nombre (o denominación) tanto del emisor como receptor, así como su domicilio fiscal.
  • El RFC, régimen fiscal y código postal del receptor.
  • Campos para informar cuando la operación involucre exportación, incluso si es de carácter temporal.
  • Nuevos campos para informar si la operación que da lugar al CFDI involucra impuestos indirectos.
  • Apartados (nodos) para reportar datos por facturación al público en general o a cuenta de terceros.
  • La periodicidad, en las facturas globales.
  1. CFDI para retenciones e información de pagos

Respecto al comprobante para retenciones que sirve para dejar constancia de este tipo de operaciones e informar pagos en el caso de contribuyentes con residencia en el extranjero, también es objeto de ligeros cambios:

  • Se actualiza a la versión 2.0
  • Será obligatorio indicar nombre y domicilio fiscal del emisor y el receptor
  • Se habilita un nodo que hace posible relacionar a otros CFDI
  • Nuevos campos para indicar el régimen fiscal y lugar de emisión.
  1. Complemento para recepción de pagos

El llamado complemento para recepción de pagos, que se emite junto al CFDI de recepción de pagos en caso de parciales o diferidos, también ocupa ciertos cambios:

  • Se actualiza a la versión 2.0
  • Nuevos campos para detallar si los pagos amparados por el CFDI son objeto de impuestos.
  • Se incluye un nuevo campo para indicar importes totales de pagos recibidos, con detalle de impuestos retenidos o trasladados.

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